Obligaciones de
los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles
en materia de prevención del blanqueo de capitales:
- Informar por escrito al Servicio Ejecutivo acerca
de contrato y actos que puedan constituir indicio
o prueba de blanqueo de capitales.
La Instrucción contiene una relación
de actos y contratos que se consideran particularmente
susceptibles de estar vinculados con blanqueo, donde
los criterios a atender son fundamentalmente el conocimiento
del cliente, el importe de las transacciones o desembolsos,
compra ventas, número de sociedades creadas en
corto plazo de tiempo y apoderamientos simultáneos. |