Servicio Ejecutivo, Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
 

Legislación


Título:

Instrucción de 10/12/99 de la Dirección General de Registros y del Notariado sobre obligaciones de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles en materia de prevención de blanqueo de capitales

Año:

1999

Observaciones:

 

Claves:

Notarios-Registradores de la Propiedad y Mercantiles- Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias- Blanqueo de capitales- Constitución de sociedades- Administrador único- Administradores

Resumen:

Obligaciones de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles en materia de prevención del blanqueo de capitales:

  • Informar por escrito al Servicio Ejecutivo acerca de contrato y actos que puedan constituir indicio o prueba de blanqueo de capitales.

La Instrucción contiene una relación de actos y contratos que se consideran particularmente susceptibles de estar vinculados con blanqueo, donde los criterios a atender son fundamentalmente el conocimiento del cliente, el importe de las transacciones o desembolsos, compra ventas, número de sociedades creadas en corto plazo de tiempo y apoderamientos simultáneos.

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